"A las plantas las endereza el cultivo; a los hombres, la educación". Barthélemy.

miércoles, 26 de octubre de 2011

PROTOCOLO DE ABSENTISMO ESCOLAR

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla en su artículo 4 que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita para todas las personas.
La Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha determina, en el punto 4 del artículo 17, la responsabilidad de las Administraciones Públicas de velar por el cumplimiento de la escolaridad obligatoria con arreglo a la legislación vigente, coordinando y emprendiendo las acciones necesarias para fomentar la asistencia regular a los centros de enseñanza y evitar el absentismo escolar.
En la Orden de 9 de marzo de 2007 (DOCM de 27-4-07) de las Consejerías de Educación y Ciencia y de Bienestar Social, se establece los procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre absentismo escolar y estipula el conjunto de actuaciones que corresponde realizar a las distintas administraciones la Orden de 09-03-2007, de las Consejerías
A este fin, la comunidad educativa del CEIP Vicente Aleixandre elabora el presente “Programa para la prevención del absentismo escolar”, en el que se han establecido protocolos de actuación específicos para la intervención de los distintos profesionales.

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